sábado, 19 de enero de 2008

Toma de decisiones

2.4. Modelos de los procesos de adopción de decisiones
 Nivel de Análisis Organizativo: Concepciones sobre los Procesos de Adopción de Decisiones en la Organización
 Constituyen representaciones simplificadas de los procesos de toma de decisiones en las organizaciones
 Cada modelo constituye una reformulación sintética de diferentes teorías
 Modelos:
 Modelo del Actor Racional Único
 Modelo Organizativo (Simon, Cyert, March)
 Modelo Político (Lindblom, Allison)
 Modelo Anárquico o “de la Papelera” (Cohen, March, Olsen)
 Modelo Integrador

lunes, 14 de enero de 2008

Contrato de relevo y la jubilación parcial

c) El contrato de relevo y la jubilación parcial: (art. 12.6 ET)
Posibilidad de compatibilizar el percibo de la jubilación y el desarrollo de actividades laborales, (art. 12.6 ET), posibilidad en dos situaciones diferentes:
1) Cuando el trabajador no haya alcanzado la edad de jubilación.
2) Trabajadores que continúan trabajando una vez cumplidos los 65 años.
El relevo supone dos operaciones:
- La novación de un contrato a tiempo completo en un contrato a tiempo parcial, al reducir la jornada del trabajador jubilado parcialmente.
- La celebración simultánea con otro trabajador desempleado o trabajador temporal de la empresa un contrato de relevo a tiempo completo o a tiempo parcial
Contrato del jubilado parcialmente (anticipado o gradual):
1) Trabajadores con una edad inferior, como máximo inferior a 5 años de la edad de jubilación, de 60 a 65, que reúna todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de la SS.SS. La empresa debe formalizar un contrato de relevo.
2) Trabajador que ya ha cumplido los 65, pero que prolonga su actividad laboral, mas allá de la edad ordinaria de jubilación. La decisión de la empresa de formalizar un contrato de relevo es facultativa.
3) La reducción pactada de la jornada habrá de ser entre un mínimo del 25% y un máximo del 85%.
El contrato de relevo
Se formaliza con un contrato de duración determinada, contratando un trabajador desempleado.
Duración:
a) Menos de 65: el contrato de relevo podrá pactarse por un tiempo igual al que le que quede para cumplir los 65.
b) Mayor de 65: si se jubila totalmente el contrato de relevo se extingue, si no se jubila totalmente, el contrato de relevo se podrá prorrogar por periodos anuales.
c) El contrato se extinguirá cuando se produzca, voluntariamente, la jubilación total.
d) La jornada del relevista podrá ser a tiempo parcial, y deberá ser equivalente a la reducción producida en la jornada del trabajador sustituido jubilado parcialmente, además deberá cubrir el mismo puesto u otro similar (del mismo grupo o categoría equivalente).
Forma: Debe formalizarse por escrito, y deberá constar el nombre del trabajador que se ha jubilado parcialmente. En el caso que se cese al relevista por cualquier causa, el empresario esta obligado a sustituirlo. El relevista temporal tiene derecho a la extinción de su contrato a la indemnización prevista para contratos temporales (art. 49.1 c)